La CNDS anuncia acciones radicales en materia de seguridad nacional

1. La Secretaría de Estado en las Oficinas de Seguridad, la Secretaría de Estado en la Oficina de Defensa, Fuerzas Armadas y Policía Militar del Orden Público PMOP, debe planificar y ejecutar de inmediato intervenciones urgentes en todos los municipios del país identificados con mayor incidencia en delitos de sicariato. , narcotráfico, extorsión, secuestro, tráfico de armas, asociación ilícita y lavado de dinero relacionados con estos delitos, que son cometidos por pandillas, maras y bandas del crimen organizado.

2. En virtud de esta situación de Emergencia declarada en materia de Seguridad, se ordena construir de inmediato un Centro de Reclusión de Emergencia (CRE) con capacidad para 20 mil internos en el despoblado entre los Departamentos de Olancho y Gracias a Dios, acondicionando los espacios físicos necesarios. . propiedad del Estado de Honduras para el mismo fin. Los privados de libertad actualmente recluidos en el sistema penitenciario nacional, procesados ​​por los delitos señalados en la presente resolución, serán trasladados inmediatamente a este Centro de Reclusión de Emergencia (CRE).

3. Se ordena la captura inmediata de identificados autores intelectuales, líderes e integrantes de pandillas, estructuras criminales, narcotraficantes y extraditables (se adjunta lista). Asimismo, establecer el control y recuperar el orden en los espacios físicos tomados por las estructuras criminales en los barrios y colonias de las zonas que representan mayor incidencia delictiva.

4. Intensificar la investigación y los operativos para localizar, erradicar, asegurar y destruir plantaciones de hoja de coca, marihuana y centros de procesamiento de drogas y sustancias prohibidas.

5. Islas de los Cisnes. Con la respectiva Licencia de Impacto Ambiental, la Junta Interventora del Sistema Penitenciario Nacional deberá iniciar el proceso de licitación, adjudicación y construcción de este Centro de Detención Penitenciario en un plazo máximo de dos semanas.

6. El Congreso Nacional debe reformar el Código Penal, para que se tipifiquen las personas que pertenecen a maras, pandillas y grupos del crimen organizado que cometen delitos de sicariato, narcotráfico, extorsión, secuestro, tráfico de armas, asociación ilícita y conexos lavado de dinero. con estos crímenes. como terrorista.

7. El Congreso Nacional debe reformar el Código Procesal Penal para que la medida de prisión preventiva se aplique a todas las personas en proceso de proceso por los delitos antes descritos, así como incorporar una medida de juicio colectivo para estos delitos.

8. El Congreso Nacional someterá a aprobación en su tercer debate la Ley para el control de la venta de tarjetas SIM CARD, CHIP O ESIM y el bloqueo de las comunicaciones en los centros penitenciarios y la Ley de Colaboración Efectiva. Si las empresas autorizadas que comercializan esta tecnología se niegan a cumplir con esta resolución, su licencia será legalmente cancelada.

9. El Congreso Nacional debe reformar el Código Penal para endurecer las penas por la comisión de delitos contra la vida e integridad física de operadores del Sistema de Seguridad y Justicia: Policías y Militares, Jueces y Fiscales.

10. Acuerdo de Reforma No. 01-2016. del Directorio del Banco Central de Honduras, Reglamento para Servicios de Pago y Transferencia mediante Dinero Electrónico, con el fin de controlar transacciones atípicas propias del delito de extorsión y secuestro, que utilizan billeteras electrónicas.

once. La Corte Suprema de Justicia debe establecer los mecanismos necesarios para autorizar el uso de brazaletes electrónicos u otros medios técnicos para la custodia de los imputados sujetos a medidas impuestas por jueces y tribunales de justicia del país, que puedan reemplazar los altos costos de la vigilancia permanente. . por personal policial o militar, en el caso de adultos mayores, personas con enfermedades terminales o que viven con alguna discapacidad. Este beneficio no cubre a las personas procesadas por los delitos a que se refiere esta resolución.

12. La Corte Suprema de Justicia se compromete a designar el número de Jueces y demás personal solicitado por la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Policía Militar de Orden Público el lunes 17 de junio de 2024 para operativos de recuperación y control en las zonas de mayor incidencia. de estos crímenes.

13. La Fiscalía General del Estado se compromete a designar el número de Fiscales y demás personal solicitado por la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Policía Militar de Orden Público el lunes 17 de junio de 2024 para los operativos de recuperación y control en las zonas de mayor incidencia. de estos crímenes.

14. La Secretaría de Estado en las Oficinas de Seguridad Pública será responsable de coordinar en colaboración con la Secretaría de Estado en las Oficinas de Defensa, las Fuerzas Armadas y la Policía Militar de Orden Público la ejecución de este Plan de Soluciones Radicales Contra la Delincuencia.